Contrate o incorpórese en España en semanas, no en meses. La autorización de residencia para Profesionales Altamente Cualificados (Ley 14/2013) es la vía rápida para directivos, técnicos y titulados contratados por empresas en España: resolución en 20 días hábiles, familia incluida y sin situación nacional de empleo.
Para quién es
- Empresas que contratan talento extranjero (grandes empresas, pymes estratégicas y startups).
- Directivos y titulados con oferta de trabajo en España.
- Familias: cónyuge e hijos se tramitan conjuntamente y el cónyuge puede trabajar.
Requisitos 2026
| Perfil | Condición |
|---|---|
| Directivos y gerentes (grupo 1) | Salario bruto anual ≥ 54.142 € |
| Técnicos y titulados (grupo 2) | Salario bruto anual ≥ 40.077 € |
| Titulación | Grado universitario o ≥ 3 años de experiencia equivalente |
| Empresa | Contrato de ≥ 1 año; empresa al corriente con Hacienda y Seguridad Social |
Guía completa de requisitos, plazos y documentación: Visado de Profesional Altamente Cualificado 2026.
Qué incluye nuestro servicio
- Análisis previo: encaje del puesto y del salario en el grupo correcto; alternativas (Nómada Digital, traslado intraempresarial) si conviene más.
- Expediente completo: documentación de la empresa y del candidato, apostillas, traducciones juradas.
- Presentación telemática ante la UGE-CE y seguimiento hasta la resolución (20 días hábiles; silencio positivo).
- Visado en consulado o alta desde España, huellas y TIE.
- Familia y, si procede, opción por la Ley Beckham para tributar al 24 %.
Cómo trabajamos
Primera evaluación sin compromiso: en 24 h laborables confirmamos viabilidad, documentos y presupuesto cerrado, tanto si nos escribe la empresa como el candidato.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tarda el permiso de Profesional Altamente Cualificado?
La UGE-CE resuelve en 20 días hábiles desde la presentación completa. Preparar el expediente suele llevar 2–3 semanas.
¿Puede la empresa contratar sin que el candidato esté en España?
Sí. Se solicita la autorización desde España por la empresa y, una vez aprobada, el candidato obtiene el visado en su consulado en unos días.
¿Puede trabajar mi cónyuge?
Sí. Los familiares reagrupados por esta vía obtienen autorización para trabajar en España.
¿Le aplica a su caso?Cuéntenos su situación y le decimos en 24 h laborables si cumple los requisitos y cuál es el siguiente paso. Sin compromiso.
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