Spain Global Hub Spain Global HubBoutique Advisory
Evaluación Privada

Calculadora Ley Beckham 2026: Tu Ahorro con la Ley de Startups

¿Se traslada a España por motivos profesionales? El régimen fiscal especial para impatriados, conocido como Ley Beckham, permite tributar al tipo fijo del 24% hasta 600.000 € (47% sobre el exceso) durante 6 ejercicios fiscales, frente al IRPF progresivo habitual. Calcule su ahorro con la Calculadora Ley Beckham de Spain Global Hub, nuestro simulador 2026 bajo la normativa vigente de la Ley de Startups.

Calculadora Ley Beckham de Spain Global Hub · Simulador fiscal 2026

Cálculo en tiempo real · Escalas oficiales IRPF 2025/2026 por comunidad autónoma



Rendimientos del trabajo en España


Se suman como rendimiento del trabajo



El régimen cubre el año de llegada + 5 siguientes (máx. 6)

IRPF régimen general

Régimen Ley Beckham

⚠️ Con este nivel de renta, la Ley Beckham puede no compensar solo por el salario.

Si tienes activos o rentas fuera de España (dividendos, alquileres, inversiones), el ahorro real puede ser mucho mayor: quedan exentos del impuesto español, no tributas por el patrimonio exterior y evitas el Modelo 720. Un especialista puede evaluar tu caso en 10 minutos.

Desglose por tramos · IRPF 2025/26
Tramo Base hasta Tipo marginal Cuota del tramo

Tipos marginales combinados estatal + autonómico (ejercicios 2025/2026). Base = salario + bonus, sin descontar cotizaciones a la Seguridad Social. Valores orientativos.

¿Por qué utilizar la calculadora de Ley Beckham de Spain Global Hub?

Esta herramienta gratuita está pensada para expatriados e inversores internacionales que evalúan el régimen especial de impatriados antes de trasladarse a España. Todo el cálculo se ejecuta en su navegador, sin registro ni envío de datos:

  • Cálculo actualizado a 2026, con las escalas del IRPF 2025/2026.
  • Comparación directa entre el IRPF general progresivo y el régimen Beckham.
  • Escalas estatales y autonómicas combinadas, incluidos los regímenes forales de Navarra y País Vasco.
  • Selección de comunidad autónoma: 19 territorios, incluidas Ceuta y Melilla con su deducción del 60%.
  • Salario bruto anual como base del cálculo.
  • Bonus y stock options: campo específico que se suma como rendimiento del trabajo.
  • Tipo efectivo de cada régimen, no solo la cuota.
  • Desglose por tramos del IRPF general aplicado a su caso.
  • Ahorro anual y ahorro acumulado durante los 6 años del régimen.
  • Tipo Beckham realista: 24% hasta 600.000 € y 47% sobre el exceso.
  • Metodología documentada basada en normativa vigente y fuentes oficiales (ver Fuentes fiscales).

Metodología de cálculo

La Calculadora Ley Beckham de Spain Global Hub replica en pantalla el motor descrito a continuación:

Qué ingresos se incluyen

El salario bruto anual más cualquier bonus o stock options que introduzca, sumados como rendimientos del trabajo. No se modelan otras rentas (capital, alquileres, actividades económicas).

Qué impuestos se comparan

La cuota estimada del IRPF general (régimen común progresivo) frente a la cuota del régimen especial de impatriados conforme al art. 93 LIRPF y al art. 25 LIRNR.

Cómo se calcula el régimen general

Se aplican por separado la escala estatal (9,5%–24,5%) y la escala autonómica de la comunidad seleccionada sobre la misma base, y ambas cuotas se suman. A continuación se descuenta un crédito aproximado por el mínimo personal (5.550 € valorados al tipo del primer tramo combinado) y, para residentes en Ceuta y Melilla, se aplica la deducción del 60% de la cuota total.

Cómo se calcula el régimen Beckham

Tipo fijo del 24% sobre toda la base hasta 600.000 € y del 47% únicamente sobre el exceso. En Navarra y País Vasco, el IRPF general utiliza sus tarifas forales propias con su deducción/minoración en cuota; el lado Beckham mantiene el 24%/47%.

Cómo se calcula el ahorro y la proyección

Ahorro anual = cuota estimada del régimen general − cuota Beckham. El ahorro acumulado multiplica esa cifra por los años seleccionados (de 1 a 6).

Supuestos utilizados

  • Base = salario bruto + bonus, sin descontar cotizaciones a la Seguridad Social.
  • No aplica mínimos familiares, deducciones autonómicas ni otras circunstancias personales.
  • Escalas vigentes para 2025/2026, verificadas con fuentes oficiales; pueden cambiar en ejercicios futuros.
  • Los regímenes forales se modelan de forma simplificada.

Qué NO está incluido

  • Cotizaciones sociales ni costes de nómina.
  • Rentas distintas del trabajo: dividendos, intereses, alquileres, ganancias patrimoniales.
  • Impuesto sobre el Patrimonio, Impuesto de Solidaridad ni Modelo 720.
  • Deducciones estatales o autonómicas, doble imposición internacional ni tratados fiscales.

Fuentes fiscales

Ejemplos orientativos de ahorro

Salario bruto IRPF general Beckham 24%/47% Ahorro anual Ahorro acumulado

Cifras generadas en tiempo real por el mismo motor de la calculadora para la comunidad autónoma seleccionada arriba, sin bonus y con la duración elegida. Estimaciones ilustrativas, no asesoramiento fiscal.

¿Cómo Funciona la Ley Beckham?

Este régimen fiscal para expatriados (Régimen Especial de Impatriados) ofrece una optimización única para profesionales internacionales:

  • Requisito clave: no haber sido residente fiscal en España durante los 5 años anteriores al traslado (antes eran 10; la Ley 28/2022 de Startups lo redujo desde 2023).
  • Tipo fijo del 24%: sobre los rendimientos del trabajo hasta 600.000 €; el exceso tributa al 47%.
  • Rentas extranjeras exentas: dividendos, intereses y ganancias patrimoniales obtenidos en el extranjero no tributan en España; solo tributan tus rendimientos del trabajo y las rentas obtenidas en España.
  • Patrimonio exterior exento: tus activos fuera de España no tributan en el Impuesto sobre el Patrimonio ni en el Impuesto de Solidaridad de las Grandes Fortunas.
  • Validez por 6 periodos impositivos: el año de llegada más los 5 siguientes años naturales.
  • Sin obligación de Modelo 720: privacidad y ahorro administrativo sobre tus bienes fuera de España.

Beneficios Clave

  • Trabajadores internacionales desplazados por su empresa.
  • Nómadas digitales y teletrabajadores con contratos internacionales.
  • Inversores extranjeros, emprendedores y administradores de Startups.
  • Directivos de empresas con salarios altos y activos globales.

Preguntas Frecuentes (FAQ)

¿Cuántos años debo haber estado fuera de España para acogerme?

Debes no haber sido residente fiscal en España durante los 5 años anteriores a tu desplazamiento. La Ley de Startups (28/2022) redujo este requisito desde 10 años en 2023. Además, el desplazamiento debe producirse por motivos laborales o profesionales y el régimen debe solicitarse mediante el Modelo 149 en un plazo máximo de 6 meses desde el inicio de la actividad.

¿Necesito un contrato laboral español?

No necesariamente. Tras la nueva Ley de Startups, también pueden aplicar los nómadas digitales con contratos remotos extranjeros y profesionales altamente cualificados que trabajen para empresas fuera de España.

¿Puedo incluir a mi familia?

Sí, los familiares directos (cónyuge e hijos menores de 25 años) pueden acogerse al mismo régimen especial, facilitando la movilidad familiar y la optimización del ahorro conjunto.

¿Cuál es el plazo para presentar el Modelo 149?

Es fundamental solicitar el régimen en un plazo máximo de 6 meses desde el inicio de tu actividad en España (alta en la Seguridad Social o inscripción registral). Superar este plazo conlleva la pérdida del derecho a aplicar el tipo del 24%.

¿Qué ocurre con mis Stock Options y activos financieros?

Las rentas del capital obtenidas en el extranjero (dividendos, intereses, ventas de acciones) no tributan en España bajo este régimen. Las stock options ejercitadas por tu actividad laboral se consideran rendimiento del trabajo y tributan al 24%/47% como el resto del salario.

¿Cómo funciona el tipo del 24% de la Ley Beckham?

Durante el régimen, sus rendimientos del trabajo dejan de tributar por la escala progresiva del IRPF y pasan a hacerlo por el tipo general fijo del 24% (art. 25 LIRNR). En la calculadora, ese 24% se aplica a todo el salario y bonus introducidos hasta 600.000 €.

¿Qué ocurre por encima de 600.000 €?

Solo el exceso sobre 600.000 € tributa al 47%. Ejemplo: con una base de 800.000 €, la cuota Beckham es 144.000 € (24% de 600.000) más 47% de los 200.000 € restantes = 238.000 €. La calculadora lo aplica automáticamente cuando la base supera el umbral.

¿Cómo se calcula el ahorro que muestra la calculadora?

Es la diferencia entre la cuota estimada del IRPF general (escala estatal + autonómica menos el crédito del mínimo personal) y la cuota del régimen Beckham, multiplicada por los años seleccionados. El detalle completo está en la sección Metodología de cálculo.

¿Cómo afecta mi comunidad autónoma al resultado?

El tramo autonómico modifica el IRPF general: tipos máximos combinados desde el 46% (Castilla y León) hasta el 54% (Comunidad Valenciana). El 24%/47% de Beckham es igual en toda España; solo Navarra y País Vasco aplican tarifas forales propias. Seleccione su comunidad para ajustar la comparación.

¿Cómo se tratan los bonus en la calculadora?

Se suman al salario como rendimiento del trabajo y tributan igual que él: al 24%/47% bajo el régimen Beckham y según la escala progresiva en el escenario de régimen general.

¿Qué pasa con mis dividendos e inversiones extranjeras?

Bajo el régimen especial quedan exentos del impuesto español. Importante: esos rentas no están incluidos en los números de esta calculadora, que modela únicamente rendimientos del trabajo; su situación patrimonial completa debe evaluarla un profesional.

¿Qué ocurre al terminar los 6 años del régimen?

Vuelve a tributar por el IRPF general progresivo con carácter automático. Conviene planificar la transición con antelación (estructura de rentas, opciones de residencia y fiscalidad internacional) junto con un asesor.

Sobre esta página: contenido elaborado por el equipo de Spain Global Hub y revisado por Elena Mochales, cofundadora de SGH y abogada especializada en extranjería y movilidad internacional. Última revisión: agosto 2026.

Los resultados son estimaciones informativas generadas automáticamente y no constituyen asesoramiento fiscal. La calculadora compara dos escenarios simplificados y no contempla necesariamente todas las circunstancias personales (cotizaciones sociales, mínimos familiares, deducciones, tratados de doble imposición, patrimonio o rentas distintas del trabajo). Las escalas corresponden a los ejercicios 2025/2026 y pueden variar. Antes de tomar decisiones, su situación fiscal real debe ser revisada por un profesional cualificado. Cálculos basados en las escalas oficiales del IRPF verificadas con el Manual de Renta de la AEAT y boletines autonómicos, y en los tipos del régimen especial (art. 93 LIRPF y art. 25 LIRNR). Cálculo basado en las escalas oficiales del IRPF 2025/2026 (estatal + autonómicas, verificadas con el Manual de Renta de la AEAT y los boletines autonómicos) y en los tipos del régimen de impatriados (art. 93 LIRPF y art. 25 LIRNR). No se descuentan cotizaciones a la Seguridad Social ni se aplican mínimos familiares, deducciones autonómicas u otras circunstancias personales. La cuota final depende de su situación particular; consulte siempre a un profesional cualificado.